Los beneficios de la mediación intrajudicial

La mediación es una forma alternativa de resolución de conflictos en la que la reparación de la víctima y el reconocimiento del daño causado son los principales objetivos. Se trata de cambiar el punto de vista y en vez de centrarse en el modo de castigar al denunciado (con una pena de cárcel) pensar en primer lugar en la víctima y en cómo reparar su dolor.
Para que todo este proceso salga adelante es necesaria la figura de una tercera persona ajena al conflicto. Se trata del mediador o mediadora, cuya misión es conseguir que víctima y agresor alcancen un acuerdo en el que además de las correspondientes disculpas se incluyan acciones que ayuden a la víctima a superar la situación que ha provocado el denunciado.
Desde 2007, existe en Euskadi el Servicio de Mediación Intrajudicial (SMI), antes conocido como Servicio de Mediación Penal. Las actuaciones de este servicio se centran en tres áreas: la social, la psicológica y la legal. De modo que los equipos de trabajo de los SMI están formados por trabajadores sociales, psicólogos y abogados.
Las Comunidades Autónomas cuentan con sus propias leyes de Mediación Familiar en las que se regulan los requisitos que deben cumplir los equipos de trabajo de los Servicios de Mediación Intrajudicial. En total, son 13 las CCAA que tienen legislación sobre esta materia.
En Euskadi, concretamente, la Ley 1/2008, de 8 de febrero, de Mediación Familiar es la que establece las características necesarias para ser mediador o mediadora:
- Licenciatura (Grado Superior) en Derecho, Psicología, Pedagogía o Psicopedagogía o Diplomatura (Grado Medio) en Trabajo Social o en Educación Social.
- Formación específica en el ámbito de la mediación familiar.
- Curso teórico-práctico en mediación de una duración mínima de 200 horas.
Las fases de una mediación
Para que se pueda dar una mediación, en primer lugar el juez o jueza pertinente debe derivar el caso al Servicio de Mediación Intrajudicial. Después, los mediadores se encargan de hablar con cada una de las partes para explicarles en qué consiste este proceso y, si ambas aceptan, se celebra ya una primera entrevista por separado.
Muchas de las víctimas y de las personas denunciadas acuden a esta primera fase acompañadas de sus familiares o de profesionales. Sin embargo, cuando se da cita para la reunión entre ambas partes únicamente pueden acudir ya el denunciante y el denunciado. Se trata de reuniones a tres bandas en las que el mediador tiene que jugar un papel secundario y totalmente imparcial de manera que el protagonista sea el diálogo entre la víctima y su agresor o agresora.
Si todo marcha bien, la mediación finaliza con un acuerdo que ambas partes firman y se remite al Juez o Jueza que en su momento derivó el caso al Servicio de Mediación.
¿Y qué tipo de acuerdos se pueden alcanzar? Gerardo Villar, del Servicio de Mediación Intrajudicial de Vitoria, cuenta con una amplia experiencia como mediador y puede afirmar que en todos estos años ha visto infinidad de acuerdos:
- Tras una disputa por motivos religiosos entre un español y un magrebí, el ciudadano español se ofreció a matar un cordero por el rito islámico para disculparse con la víctima y demostrarle su respeto por la religión musulmana.
- Una pelea entre alumnos de un colegio se saldó con varios heridos entre los padres y diferentes daños materiales. Al final, los padres acudieron a la mediación y ya en frío se dieron cuenta de que todo se había sacado de contexto y aunque a uno de ellos le correspondía una indemnización decidió rechazarla y aceptar un pago de un euro como forma de disculpa y de reconocimiento de los daños que el otro padre le había causado.
- Unos jóvenes que robaron unos mp3 en un centro comercial acordaron, junto a representantes de la tienda donde habían sustraído los objetos, donar esos mp3 a una organización que trabaja con personas discapacitadas y colaborar con otra ONG en la organización de juegos para chavales.
Si quieres conocer más detalles sobre el trabajo de un mediador, lee la entrevista completa a Gerardo Villar, trabajador social del Servicio de Mediación Intrajudicial de Vitoria.
Nueve millones de asuntos
Los juzgados españoles registran al año más de nueve millones de asuntos nuevos. Ante este volumen de trabajo se hace imprescindible establecer medidas alternativas a la vía judicial.
El vicepresidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Fernando de Rosa, es partidario de apoyar la mediación como una alternativa al procedimiento judicial. Para De Rosa, a través de la mediación se podría cumplir “el objetivo constitucional de que sea la propia sociedad la que intente solucionar sus problemas y que acudir a la Justicia sea el último recurso para la ciudadanía”. El vicepresidente del CGPJ considera que para que una mediación funcione es necesario “una conciencia social, unos buenos mediadores y mediadoras y, sobre todo, que se establezcan mecanismos en los que confíe la sociedad”.
Los datos en Euskadi
- El Servicio de Mediación Intrajudicial ha intervenido en 1.213 casos en 2012.
- En el 65,46% de los casos (794 asuntos) se ha llegado a alcanzar un proceso de mediación cerrado. De esta cantidad de expedientes, el SMI ha logrado alcanzar un 77,95% de acuerdos satisfactorios para los implicados en el proceso penal derivado.
- Respecto al año 2011, el número de asuntos cerrados con mediación representa un incremento del 9,4% (en 2011 se cerraron 720 asuntos).
- Si quieres consultar otros datos y ver en cifras la evolución de la mediación en Euskadi accede a la Memoria 2012 del Servicio de Mediación Intrajudicial.
- ¿Necesitas recurrir a la mediación en algún país de Europa? En el portal europeo de E-justicia puedes consultar cómo contactar con un mediador o mediadora en Europa.
- ¿Quieres ampliar información sobre el Servicio de Mediación Intrajudicial en Euskadi? En Justizia.net puedes consultar en qué consiste este servicio, quiénes pueden hacer uso de él y cuál es el procedimiento de una mediación.